La DGT debe tener conocimiento de las operaciones de visión que realicen los conductores por lo que es importante informar a este organismo de las intervenciones para evitar sanciones.
Procedimiento
Tras una operación debe esperarse un mes para realizar una revisión que determine la agudeza visual real. Será necesario superar los estándares establecidos que marca la ley para volver a conducir. El reconocimiento médico debe dar fe de que la agudeza visual binocular sea de 0.5, con o sin corrección ya que es lo que dice la normativa. Pasados los 30 días de rigor el conductor debe acudir a un centro médico autorizado para que valore su vista y eso tendrá que realizarlo cada tres años, que es la vigencia que tiene cada revisión. En el caso de los conductores profesionales el tiempo para superar la revisión se incrementa hasta los dos meses. El centro médico debe estar homologado por la DGT.
Una vez superada la revisión en el centro médico homologado, todo esa información tiene que ponerse en conocimiento de la DGT para que este organismo lo incluya o excluya del carné de conducir ya que de no hacerlo en el carné de conducir seguirán figurando en el reverso los códigos antiguos que tiene en su base de datos. Conducir sin hacer uso de las restricciones impuestas en los códigos conlleva una infracción considerable grave y eso implica una multa de hasta 300 euros.